Comentarios: I.- El 10 de noviembre de 2020, el Organo de contratación aceptó la propuesta de adjudicación formulada por la unidad de Valoración y resolvió declarar como mejor oferta la presentada por la entidad Grupo de Auditores Públicos, S.A.P., al cumplir todos los requisitos de la licitación y ser la que había obtenido mayor puntuación conforme a los criterios de adjudicación previstos en el PCAP-PT.
II.- Con fecha 11/11/2020, de conformidad con lo prevenido en el artículo 150.2 de la LCSP y la cláusula 15.3 del PCAP-PT, se requirió al licitador propuesto para la adjudicación que, en el plazo de siete días hábiles, presentarla la siguiente documentación: Constitución de la garantía definitiva del 5 por ciento del precio ofertado Y Documentación acreditativa de que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta y del cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, exigidos para concurrir a la licitación en la cláusula 11 del PCAP-PT.
III. En fecha 18-1-020 el licitador Grupo de Auditores Públicos, S.A.P. presentó, dentro del plazo establecido, el justificante de constitución de la garantía definitiva y el resto de la documentación acreditativa requerida.
IV.- Se han cumplido todos los trámites del procedimiento abierto simplificado para la adjudicación definitiva del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas, así como en la Ley 9-2017 de Contratos del Sector Público, por lo que este órgano de contratación
RESUELVE
PRIMERO.- Adjudicar el contrato que tiene por objeto la contratación de los SERVICIOS DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES DE CURSOS INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, S.A.U., tramitado como expediente de contratación número 02/2020, a Grupo de Auditores Públicos, S.A.P. , con CIF A92015254, por un importe de 20.880,00 euros, excluido IVA.
SEGUNDO.- Formalizar el contrato en el correspondiente documento contractual, debiéndose requerir a la entidad adjudicataria, de conformidad con lo prevenido en la cláusula 18 del PCAP, que suscriba el correspondiente contrato privado en el plazo máximo de cinco días naturales.
TERCERO.- Notificar a las empresas licitadoras la presente resolución, debiéndose anunciar la adjudicación en el perfil del contratante.
CUARTO.- De conformidad con lo prevenido en el art. 151, letras a y b, de la LCSP, se hace constar:
a) Que los demás candidatos han sido descartados al haber obtenido una menor puntuación en la suma del total de criterios sujetos a valoración, dentro de los cuales había criterios cuantificables mediante juicio de valor, que fueron oportunamente puntuados y justificados en informe emitido por la Unidad de Valoración y publicado en el perfil del contratante. En Anexo al presente documento, se adjuntan las tablas con las valoraciones obtenidas por cada uno de los licitadores en cada uno de los criterios de adjudicación, los evaluables mediante juicios de valor, por un lado, y los evaluables mediante fórmulas matemáticas, por otro.
b) Que en la presente licitación no ha habido licitadores excluidos del procedimiento por incumplimiento de los requisitos para concurrir.
c) Que en este procedimiento se ha excluido la oferta económica presentada por el licitador DELOITTE, S.L., por considerarla anormalmente baja.