Comentarios: Vista el acta de la sesión celebrada el día 08 de marzo de 2021, de la Mesa de contratación para la adjudicación de la Concesión de dominio público para uso privativo mediante la instalación de quioscos desmontables en paseo marítimo de playas de t.m. de Ayamonte, que literalmente dispone:
“PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.-
CIF
LICITADOR
PUNTUACIÓN
CRITERIOS SUBJETIVOS
PUNTUACIÓN
CRITERIOS
OBJETIVO
TOTAL
PUNTUACIÓN
B21561717
ISLA CANELA EL PARADISE, S.L.
15,00 PUNTOS
50,00 PUNTOS
75,00
PUNTOS
La mesa de contratación, por unanimidad de sus miembros presentes, acuerda proponer para la adjudicación de la concesión de dominio público para uso privativo mediante la instalación de quiosco desmontable en paseo marítimo de playa los Haraganes, a favor de ISLA CANELA EL PARADISE, S.L., con CIF B21561717, al ser la única empresa que ha presentado su oferta en el procedimiento.”
Visto que la empresa licitadora ISLA CANELA EL PARADISE, S.L., con CIF B21561717 , ha presentado la documentación exigida de conformidad con el pliego de condiciones administrativas que ha regulado esta contratación para proceder a la adjudicación en tiempo y forma.
Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, RESUELVO:
PRIMERO.- ADJUDICAR el contrato de concesión de dominio público para uso privativo mediante la instalación de un quiosco desmontable, con unas dimensiones aproximadas que oscilarán entre 6,00 m² y 9,00 m², en el paseo marítimo en Playa de los Haraganes, intersección con calle Mochuelos, a favor de ISLA CANELA EL PARADISE, S.L., con CIF B21561717, en los términos y condiciones establecidos en el pliego de Prescripciones Técnicas y el de cláusulas administrativas obrantes en el expediente que ha de regular el contrato.
SEGUNDO.- La duración del contrato será para la temporada de verano de 2021, comenzando a contar este primer periodo desde la adjudicación y formalización de la concesión hasta octubre de 2021 (ambos inclusive), y con dos posibles prórrogas de 1 año cada una ( 2022 y 2023, contadas desde marzo hasta octubre, ambos inclusive, de cada año ).
TERCERO.- El canon por el espacio objeto de la concesión asciende a la cantidad de 1.502 euros anuales, que para la temporada de verano del ejercicio 2021, se reducirá dicha cantidad en función del numero de días de retraso a contar desde el 1 de marzo y la fecha de formalización de la presente adjudicación de la concesión.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todos los licitadores, requiriéndoles a los adjudicatarios, que procedan a la formalización del contrato adjudicado en documento administrativo y en los términos establecidos en el art. 153 de la LCSP.
QUINTO.- PROCEDER a la publicación de la formalización del contrato en los términos establecidos en el art. 154 de la LCSP.