Comentarios: Motivación para adjudicar a Petra María Pérez Pérez:
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 7.1 del Pliego de Condiciones, "la adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante adquisición directa, tal y como prevé el artículo 116.4 de la LPAP, donde la adjudicación recaerá en el sujeto licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, sobre la base de las peculiaridades de las necesidades a satisfacer y la especial idoneidad del inmueble, a tenor de la memoria emitida por la Jefa de Servicio de Patrimonio, de fecha 02 de marzo de 2023, con el Vº Bº de la Miembro Corporativo Titular del Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, de 03 de marzo de 2023, incorporado al expediente de contratación, así como informe de idoneidad suscrito por la Arquitecta Técnica adscrita al Servicio de Acción Social de este Excmo. Cabildo Insular y la Jefa de Servicio, con fecha 27 de mayo de 2023."
Contrato formalizado en escritura de compraventa de fecha 16 de junio de 2023, otorgada ante D. Alberto González Seijo, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Canarias, bajo el número 843 de su protocolo.