Comentarios: Con fecha 28 de noviembre de 2023 el Órgano de Contratación de ACUAES, ha acordado la adjudicación a favor de la licitadora U.T.E. BOGATIR INGENIERIA, S.L. (80%)-NESTOR NÁJERA CANAL (20%), por importe de 69.759,43€) I.V.A. excluido, cuya oferta supone una baja en relación con el valor estimado del contrato del 22,30%. El plazo de ejecución será de 7 MESES, con el compromiso del licitador de obligarse durante el plazo de 4 años, contados desde la recepción de conformidad con los trabajos que constituyen el objeto del contrato de servicios a atender las consultas y aclaraciones que ACUAES le formule en relación con los mismos.
En el expediente de referencia son relevantes los siguientes antecedentes:
1. Con fecha 16 de octubre de 2023 se celebró acto público de apertura de las ofertas contenidas en el sobre 3, facilitando con carácter previo la puntuación obtenida por los licitadores y contenida en el sobre 2 evaluable conforme a criterios dependientes de juicios de valor.
2. Del análisis de las ofertas económicas abiertas (por haber superado la fase de valoración técnica), y aplicando los cálculos establecidos en el Pliego de Cláusulas Particulares para ello, la Mesa de Contratación identificó en dicho procedimiento que la oferta realizada por la licitadora U.T.E. BOGATIR INGENIERIA, S.L. (80%)-NESTOR NÁJERA CANAL (20%) resulta que presenta valores anormalmente bajos, por lo que tramitó el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP, concediendo plazo a dicha licitadora para justificar su oferta.
3. La Mesa de Contratación, el día 20 de octubre de 2023, procedió al análisis y valoración de la justificación de las ofertas anormalmente bajas, a la vista del informe emitido por el área técnica de ACUAES. A continuación, se acordó elevar al órgano de contratación propuesta de considerar que la oferta presentada por la licitadora U.T.E. BOGATIR INGENIERIA, S.L. (80%)-NESTOR NÁJERA CANAL (20%), puede ser cumplida a satisfacción de esta Sociedad y considerarse justificada, y una vez calculada la puntuación total obtenida por los licitadores, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el Pliego de Cláusulas Particulares, se formuló propuesta de adjudicación a favor de la licitadora mejor valorada U.T.E. BOGATIR INGENIERIA, S.L. (80%)-NESTOR NÁJERA CANAL (20%).
4. Con fecha 28 de noviembre de 2023 el órgano de contratación procedió a adjudicar el contrato a la licitadora propuesta como adjudicataria.
Teniendo este contrato un Valor estimado del contrato inferior a 100.000 € no es susceptible del recurso especial en materia de contratación, conforme a lo establecido en el artículo 44 de la LCSP, sin perjuicio de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 44.6 de la LCSP, los actos que se dicten en el presente procedimiento de adjudicación del contrato, se podrán impugnar en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, ante el titular del departamento al que esté adscrita la entidad contratante, mediante el denominado recurso impropio de alzada; la competencia para la resolución del recurso de alzada corresponde a la Secretaria General Técnica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico