Comentarios: Al presente procedimiento de licitación han presentado ofertas las licitadoras Acsa, Obras e Infraestructuras, S.A.U., Asch Infraestructuras y Servicios, S.A. y la UTE Probisa Vias y Obras, S.L.U. - Sociedad General de Obras, S.A., habiéndose realizado el procedimiento de análisis ex ante de riesgo de conflicto de interés, con carácter previo a la valoración de la oferta presentada, en los términos definidos en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de la herramienta MINERVA, y habiendo resultado todas ellas propuestas para su admisión al mismo, así como, han superado la puntuación necesaria para obtener una calidad técnica suficiente, todo ello, de conformidad con la valoración de la puntuación relativa a las proposiciones técnicas efectuada por la Comisión Técnica, en su Informe de fecha 4 de noviembre de 2023, que ha hecho suyo la Mesa de Contratación y que sirve de motivación a la presente Resolución.
Una vez realizada la apertura de las ofertas económicas, el 20 de octubre de 2023, y de conformidad con lo recogido en el Acta de la Mesa de Contratación suscrita el día 7 de noviembre de 2023, que igualmente sirve de motivación de la presente Resolución, se determinó que la oferta presentada por la mercantil Asch Infraestructuras y Servicios, S.A. se encontraba incursa en presunción de anormalidad, por lo que la Mesa de Contratación, de conformidad con lo prevenido en el art. 149 de la LCSP, suspendió la sesión delegando en el Secretario el requerimiento a dicha empresa para que aportara la documentación complementaria que permitiese, en su caso, tomar en consideración dicha oferta.
Tras recibir de la licitadora requerida la documentación justificativa que pudiera hacer que su oferta fuera tomada en consideración, el Secretario remitió al Área de Infraestructuras dicha documentación para su análisis, los cuales, tras un detallado estudio, emitieron el Informe redactado al efecto de fecha 4 de noviembre de 2023, y a cuyo contenido íntegro se remite la presente Resolución a los efectos de su motivación, se concluyó que “en el que se concluye que “(...) una vez analizada la documentación recibida de la empresa Asch Infraestructuras y Servicios, S.A., los técnicos que suscriben estiman insuficientes las alegaciones presentadas por la empresa licitadoras en cuestión.”, por lo que no justifican suficientemente la totalidad de la bajas ofertadas desde el punto de vista cuantitativo y objetivo en los términos recogidos en el citado art. 149 de LCSP, de forma que no han sido tenidas en cuenta en la clasificación final, todo ello según cuanto queda recogido en el citado Informe y en el Acta de 20 de octubre de 2023.
Por último, la Mesa de Contratación, a la vista del resultado de las puntuaciones económicas y la clasificación final de las empresas licitadoras propuestas para su admisión al procedimiento de licitación, ponderando el conjunto de las valoraciones efectuadas, y el citado Informe de la Comisión Técnica, elevó al Órgano de Contratación propuesta de adjudicación a favor de la UTE Probisa Vias y Obras, S.L.U. - Sociedad General de Obras, S.A., por considerar que era la oferta que representaba la mejor relación calidad-precio de conformidad con la puntuación global obtenida