Comentarios: 1.- Acto de apertura oferta criterios cuantificables automáticamente. Han concurrido las siguientes empresas:
ALTURAS DE LA MANCHA S.L.
ARKO10 OBRAS Y SERVICIOS DE LEVANTE S.L.
Tras la revisión de la documentación aportada por los licitadores la mesa concluye admitir a ambos licitadores.
2.- Acto de valoración oferta criterios cuantificables automáticamente.
3.- Propuesta de Adjudicación. De acuerdo a la evaluación de las propuestas aportadas por los licitadores, la mesa concluye la siguiente lista ordenada:
1.- ARKO10 OBRAS Y SERVICIOS DE LEVANTE S.L.
2.- ALTURAS DE LA MANCHA S.L.
4.- Requerimiento documentación oferta mejora valorada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.4.4.º de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, como licitador que ha presentado la mejor oferta para ser adjudicatario del contrato de “Consolidación Torre Este y parte del Lienzo Murario Norte del Castillo de Azuébar”, se le requiere para que presente, en el plazo de siete días hábiles, la documentación justificativa de:
Disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a los artículos 75.2 en relación con el 76.2, ambos de la LCSP.
De haber constituido la garantía definitiva, esto es, el 5% del precio final ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se le advierte que, de no cumplimentar adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la citada Ley. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición.
5.- Aprobación del Acta.
6.-Presentación de la documentación requerida, de fecha el 30/08/2023, siendo la misma correcta tras su comprobación.
7.- Adjudicar el contrato a: ARKO10 OBRAS Y SERVICIOS DE LEVANTE S.L.
8.- Autorizar, disponer y reconocer la obligación de 168.949,99 euros.
9.- Publicar anuncio de adjudicación y formalización en el perfil de contratante en plazo de 15 días.