Comentarios: De conformidad con lo que establecen los artículos 131 y 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
FORMALIZAR el procedimiento de contratación con número de expediente SP23-00622, correspondiente al contrato de la prestación de los servicios para la creación, desarrollo y puesta en marcha del club de producto de alto impacto, en el marco de la actuación “especialización en turismo de alto impacto” del Eje Programático 4 “Competitividad” del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino 2021 de la Ciudad de Madrid, financiado con Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NEXTGENERATIONEU (Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia), a adjudicar por procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, a la mercantil indicada a continuación, todo ello de acuerdo con el Acta de examen de la documentación presentada por la mercantil seleccionada (Artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público), de fecha 16 de agosto de 2024 a las 13:00 horas, al haber sido la mercantil que ha presentado la mejor oferta en el procedimiento de contratación según los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y haber presentado en tiempo y forma la documentación administrativa señalada para las empresas seleccionadas en el Artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
A.- Mercantil adjudicataria: NUBA EXPEDICIONES, S.L., CON CIF B-83850859.
B.- Precio del contrato / importe de adjudicación: ochocientos setenta y un mil trescientos cincuenta euros (871.350€) más el IVA que resulte de aplicación.
El presente Acuerdo deberá ser notificado a las mercantiles licitadoras, con identificación de las ofertas presentadas, la valoración de todas y cada una de ellas, así como del régimen de recursos aplicable.
La formalización del contrato de adjudicación no podrá producirse hasta que transcurran diez (10) días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación del presente acuerdo a las mercantiles licitadoras.