Comentarios: RESOLUCIÓN RECTIFICATIVA
Vista la Resolución de Presidencia núm. 87 de fecha 12 de mayo de 2025, por la que se adjudica el contrato de “SERVICIO DEELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030 PARA LA MANCOMUNIDAD DEL ALTO TURIA”, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a la Mercantil MULTICRITERI-MCRIT A.I.E. con C.I.F. V67163576, con domicilio en Calle Salvador Espriu, 83 - Local 4 – C.P. 08005 BARCELONA, se advierte la existencia de dos errores en la redacción de la misma, en el importe de adjudicación, y que por la presente se procede a subsanar,
Atendido a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que indica que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, y en base a
las competencias que me corresponden
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error aritmético existente en dicha Resolución 87 de 12 de
mayo de 2025 según se detalla a continuación:
Advertido el primer error en el apartado PRIMERO de la parte dispositiva de la misma.
En la página 29, donde dice:
“PRIMERO. Adjudicar el contrato de “SERVICIO DEELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030 PARA LA MANCOMUNIDAD DEL ALTO TURIA”, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a la Mercantil MULTICRITERI-MCRIT A.I.E. con C.I.F. V67163576, con domicilio en Calle Salvador Espriu, 83 - Local 4 – C.P. 08005 BARCELONA, por la cantidad de 33.024,79 euros de base imponible más 6.935,21 euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido, para un total de 39.960,00 euros”.
Debe decir:
“PRIMERO. Adjudicar el contrato de “SERVICIO DEELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030 PARA LA MANCOMUNIDAD DEL ALTO TURIA”, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a la Mercantil MULTICRITERI-MCRIT A.I.E. con C.I.F. V67163576, con domicilio en Calle Salvador Espriu, 83 - Local 4 – C.P. 08005 BARCELONA, por la cantidad de 29.722,31 euros de base imponible más 6.241,69 euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido, para un total de 35.964,00 euros”.
Asimismo, advertido el segundo error en el apartado SEGUNDO:
En la página 29, donde dice:
“SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente:
Ejercicio Aplicación
presupuestaria Importe Impuestos Total RC
2025 231/22611 33.024,79€ 21% 39.960,00€ 39.960,00 €
…”
Debe decir:
“SEGUNDO. Aprobar el gasto correspondiente:
Ejercicio Aplicación
presupuestaria Importe Impuestos Total RC
2025 231/22611 29.722,31€ 21% 35.964,00€ 35.964,00 €
…”
SEGUNDO.- Notificar a la totalidad de los licitadores en dicho procedimiento para su
conocimiento la presente Resolución rectificativa.
En Tuéjar a la fecha de la firma electrónica.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Ante mí, El Presidente,
La Secretaria,