Comentarios: Primero: Adjudicar a RURAL BROKER,S.L., NIF B45815107, calle Méjico, núm. 2, 45004 Toledo y correo electrónico: [email protected] (4) el CONTRATO BASADO EN EL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN COBERTURA DE RIESGOS Y SEGUROS POR LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA ADJUDICADO POR EL/LA AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN (1) de acuerdo a lo establecido en los pliegos que rigen el ACUERDO MARCO y en la oferta por la que resultó adjudicatario.
Segundo: Determinar que el plazo de duración del CONTRATO BASADO, adjudicado en este acto, es de dos (2) años, pudiendo prorrogarse, con carácter anual, hasta en dos (2) ocasiones y hasta un total, incluidas las prórrogas, de cuatro (4) años y que su lugar de ejecución es el ámbito territorial en donde ejerce sus competencias esta Institución o Entidad, esto es, municipio: Alcázar de San Juan.
Dichas prórrogas deberán ser acordadas por el Órgano de Contratación de esta Entidad y serán obligatorias para el empresario siempre que su preaviso se produzca con, al menos, dos (2) meses de antelación a la finalización del plazo de duración del CONTRATO BASADO, no pudiéndose producir las mismas, en ningún caso, por el consentimiento tácito de las partes.
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