Comentarios: Primero.- Ratificar las actuaciones llevadas a cabo por la Mesa de Contratación.
Segundo.- Declarar válido el acto de licitación.
Tercero.- Adjudicar el contrato, a la empresa Prevención de Incendios Seguridad Aplicada S.L., en el precio de 1.031.438 euros (IVA excluido) para el periodo inicial de los dos años de vigencia del contrato, en los precios parciales de 2.940 euros anuales por revisión inicial del PAU, difusión, revisión y sesiones anuales sobre contenido y actualización, 1.715 euros anuales por los ejercicios de simulacros de emergencia o emergencia medio ambiental por ajenos a brigada de bomberos, 4.750 euros anuales por bolsa de horas de formación específica a razón de 95 euros la hora, 4.750 euros anuales por ingeniería contra incendios a razón de 95 euros la hora, 4.750 euros anuales por inspecciones del PAU no realizadas por la brigada de bomberos a razón de 95 euros la hora, 18.905 euros anuales por la actualización y revisión del Plan de Autoprotección y 496.814 euros anuales por el servicio de brigada de bomberos, todo ello en las condiciones previstas en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, así como por el licitador en su oferta, y ello al ser la proposición presentada y admitida que obtiene la mayor puntuación total (89 puntos).
Cuarto.- Supeditar dicha adjudicación a la presentación por parte de la empresa citada de la documentación prevista en la cláusula 28ª del pliego de cláusulas administrativas particulares dentro del plazo que le ha sido concedido.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los candidatos o licitadores y proceder a su publicación en el perfil de contratante propio del órgano de contratación.
Sexto.- Requerir al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Séptimo.- Nombrar como responsable del contrato a don Jorge Alonso Zapico, Jefe del Área de Prevención de Riesgos; y
Octavo.- Facultar a la Gerencia, en la amplitud precisa, para la firma del oportuno contrato así como para que acuerde, en su caso, las prórrogas oportunas