Comentarios: 1º Vista la Providencia de inicio del expediente, de 17 de noviembre de 2022, expedida desde la Concejalía Delegada de Industria, en virtud de la Resolución de Alcaldía n.º 1666, de 24 de junio de 2019, por la que se delegan, entre otras competencias, “(…) la dirección interna y la gestión de los servicios y asuntos de este M.I. Ayuntamiento en materia de industria”, para el arrendamiento de dos
parcelas municipales ubicadas en el Parque Tecnológico Empresarial (PTEC), n.º 7, unidad de actuación (U.A.) 1, de Caudete (Albacete), en la cual se manifiesta que es conveniente para este Ayuntamiento el arrendamiento de los bienes inmuebles referidos, mediante adjudicación directa,
dada la singularidad de la operación fundamentada principalmente en el interés socio-económico de la implantación de la actividad en el municipio (Sefycu n.º 4034493).
2º.- Visto que el importe de arrendamiento asciende a treinta y tres mil trescientos noventa seis euros (33.396,00 €) anuales, incluido IVA, cantidad determinada por el valor medio del mercado, según valoración realizada por los servicios técnicos municipales, que podrá ser mejorada al alza por el licitador. La aplicación del IVA durante la duración del contrato se efectuará de conformidad con las previsiones de la legislación fiscal que resulte aplicable en la anualidad correspondiente. En caso de variación del tipo impositivo aplicable dentro de una misma anualidad, se aplicará el vigente en la fecha de devengo de la renta.
3º.- Dada cuenta de que la duración del contrato será de treinta (30) años, con posibilidad de prórrogas automáticas por periodos de cinco (5) años hasta un máximo de diez (10) años adicionales, ha de señalarse que, en cumplimiento del artículo 106.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la extensión temporal del contrato
queda debidamente justificada, tanto por el relevante conste de la inversión del proyecto, como por la singularidad de la actividad, fundamentada principalmente en la producción de una energía renovable e innovadora y en los beneficios socio-económicos de la implantación de dicha actividad para el municipio.
4º.- Aprobado el expediente del referido contrato , mediante Resolución de Alcaldía n.º 3330, de 27 de diciembre de 2022, el cual se ha adjudicado mediante procedimiento de adjudicación directa, con un solo criterio de adjudicación, esto es, el precio del contrato de arrendamiento, el cual se corresponde con la renta anual, invitándose a participar en el mismo a la adjudicataria, a través de la Plataforma de Contratación de Sector Público (PCSP).
5º.- Dada cuenta del acta de la sesión celebrada, el 11 de enero de 2023, por la Comisión negociadora, previa comprobación de la documentación administrativa y la adecuación del contenido de la oferta presentada por la empresa, así como negociada dicha oferta con el licitador, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de 27 de diciembre de 2022, la propuesta de adjudicación formulada por la citada Comisión es la siguiente:
LOTO POWER, S.L. 33.396,00 € (incluido 21 % IVA) 100