Comentarios: La Organización Mundial de la Salud elevó el 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID -19 a pandemia internacional que requirió la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. En este sentido, mediante Reales Decretos 463/2020, de 14 de marzo, y 926/2020, de 25 de octubre se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional que ha supuesto la adopción de una serie de medidas urgentes y extraordinarias que afectan también a la contratación del sector público. El Consejo Interterritorial del SNS, mediante acuerdo de 9 de septiembre de 2020 aprobó una Declaración de Actuaciones Coordinadas en materia de Salud Pública, por la se aprobó la Estrategia de vacunación frente a Covid -19 en España, de 2 de diciembre de 2020 y sus actualizaciones posteriores. El artículo 120 de la LCSP ampara la tramitación de emergencia cuando, como es el caso, la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimiento catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional