Comentarios: En el expediente de referencia son relevantes los siguientes antecedentes:
1. Con fecha 24 de enero de 2023 se celebró acto público de apertura de las ofertas contenidas en el sobre 3, facilitando con carácter previo la puntuación obtenida por la única licitadora presentada AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U. y contenida en el sobre 2 evaluable conforme a criterios dependientes de juicios de valor.
2. La Mesa de Contratación identificó en dicho procedimiento que la proposición presentada por la licitadora AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U., era inicialmente oferta anormalmente baja según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Particulares, por lo que tramitó el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP, concediendo plazo a dicha licitadora para justificar su oferta.
3. La Mesa de Contratación, el día 7 de febrero de 2022, procedió al análisis y valoración de la justificación de la oferta anormalmente baja, a la vista del informe emitido por el área técnica de ACUAES. A continuación, se acordó elevar al órgano de contratación propuesta de considerar que la oferta presentada por la licitadora AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U, puede ser cumplida a satisfacción de esta Sociedad y considerarse justificada su oferta, y una vez calculada la puntuación total obtenida por el licitador atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el Pliego de Cláusulas Particulares, se formuló propuesta de adjudicación a favor de la única licitadora presentada y por tanto mejor valorada AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U.
4. Con fecha 9 de febrero de 2023 el órgano de contratación procedió a adjudicar el contrato a la licitadora propuesta como adjudicataria.
Contra el acuerdo de adjudicación cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Central de Recursos Contractuales, en el plazo de DIEZ DIAS naturales, al estar cofinanciado con Fondos Europeos, contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. Dicho recurso deberá ser anunciado al órgano de contratación de esta Sociedad Mercantil Estatal en el plazo anteriormente reseñado, previamente a su interposición, pudiendo presentarse, posteriormente, el escrito de interposición, en el registro del órgano de contratación o en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Con carácter alternativo cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente a su notificación.