Comentarios: La empresa adjudicataria ha sido seleccionada por presentar la oferta con mejor relación calidad precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos, en los términos recogidos en el apartado 3 del artículo 1 de la LCSP9/2017, evaluando la mejor relación calidad-precio en los términos previstos en el artículo 145 de la LCSP 9/2017.
La oferta presentada por la empresa adjudicataria, S2UK CONSULTING LTD, ha obtenido 29,89 puntos (sobre 30 puntos), en la valoración de la oferta económica, 23 puntos (sobre 41 puntos) en otros criterios de valoración automática al haber presentado correctamente la documentación acreditativa respecto a los “recursos personales y materiales”: una persona consultora adicional con titulación universitaria en Administración y Dirección de Empresas, Economía o Empresariales (o similar en las titulaciones de otros países, pero en la misma rama), y formación en comercio exterior ubicada en mercado objetivo, una persona consultora adicional con titulación universitaria en derecho (o similar en las titulaciones de otros países, pero en la misma rama), y formación en comercio exterior ubicada en el mercado objetivo, y una persona consultora adicional con titulación universitaria en administración y dirección de empresas, economía o empresariales (o similar en las titulaciones de otros países, pero en la misma rama), y formación en comercio exterior ubicada en España; y respecto a las mejoras de valoración automática, ha presentado correctamente la mejor cualificación de la persona adscrita al contrato (técnico responsable del proyecto en destino): curso en el ámbito del comercio exterior de más de 350 horas e igualmente oferta dos unidades adicionales de “Roll Up” por encima de los exigidos.
Además, obtiene 23,50 puntos (sobre un máximo de 29) respecto a la valoración sujeta a un juicio de valor, correspondientes a 11,50 puntos (sobre un máximo de 14 puntos) en la calidad técnica de la propuesta y 12 puntos (sobre un máximo de 15 puntos) puntos en cuento a la metodología, todo ello de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el Cuadro Resumen de Características, anexo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y según motivación incluida en el informe técnico de fecha 5 de abril de 2023 publicado en la Plataforma de Contratación del Estado.