Agencia Estatal de Seguridad Aérea

Objeto social: La Agencia Estatal de Seguridad Aérea tiene por objeto la ejecución de las funciones de ordenación, supervisión e inspección de la seguridad del transporte aéreo y de los sistemas de navegación aérea y de seguridad aeroportuaria, en sus vertientes de inspección y control de productos aeronáuticos, de actividades aéreas y del personal aeronáutico, así como las funciones de detección, análisis y evaluación de los riesgos de seguridad

en este modo de transporte.

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • O841 Administración Pública y de la política económica y social

Cómo se financia

  • Principal Ventas al Sector Privado
  • Ventas a otras Administraciones Públicas
  • Otros Ingresos

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 195 M € 107 M € 101 M € 123 M € 154 M €
Patrimonio neto 189.150.794 € 101.368.539 € 87.705.531 € 110.742.461 € 139.697.252 €
Ingresos de explotación 91.930.953 € 45.216.054 € 58.750.685 € 92.226.255 € 102.314.570 €
Plantilla 405 432 403 389 342

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Administración General del Estado (AGE) Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Público 100% 100%

Contratos públicos licitados

160 contratos por un importe total de €99,085,630

Observaciones

La disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos, autoriza la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

El Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, tiene por objeto la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, y la aprobación de su Estatuto.

Según dicho Real Decreto, la actual Dirección General de Aviación Civil se transformará en dos organismos separados pero coordinados: La Agencia, que asumirá las competencias inspectoras y sancionadoras en materia de seguridad aérea y de protección de los derechos de los pasajeros, y una nueva Dirección General, que será responsable de proponer medidas para promover el desarrollo del sector del transporte aéreo, negociar convenios internacionales bilaterales de transporte aéreo, representar al Ministerio de Fomento en los foros nacionales e internacionales y del desarrollo normativo. Real Decreto 160/2023, de 7 de marzo, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero.