Observaciones La Autoridad Portuaria de Valencia es una entidad de Derecho Público, creada al amparo de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, mediante la transformación del antiguo Organismo autónomo “Junta del Puerto de Valencia”, habiéndose subrogado en las relaciones jurídicas de esta entidad con efectos 1 de enero de 1993.
La Autoridad Portuaria es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente de los del Estado, con plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines, y actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado. Se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Autoridad Portuaria de Valencia actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento le atribuya.
De conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la Autoridad Portuaria de Valencia desarrolla las funciones que le asigna esta Ley bajo el principio general de autonomía funcional y de gestión, a través del Organismo Público Puertos del Estado, y de las que correspondan a la Comunidad Autónoma de Valencia.
El régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal, integrado por los Organismos Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo I del Texto Refundido, deberá responder al principio de autosuficiencia económica del sistema portuario en su conjunto y de cada una de las Autoridades Portuarias en un marco de autonomía de gestión económico-financiera de los Organismos públicos portuarios.
La Autoridad Portuaria de Valencia comprende los Puertos de Valencia, Gandía y Sagunto.
Depende del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de Puertos del Estado, actuando bajo el principio general de autonomía de gestión, mediante el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla estructura orgánica básica del Ministerio.