Centro Universitario de la Guardia Civil

Objeto social: Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre, por el que se crea el Centro

Universitario de la Guardia Civil.

Artículo 4. Enseñanzas de grado, postgrado y líneas de investigación.

1. El Centro Universitario de la Guardia Civil impartirá las enseñanzas conducentes

a la obtención de los títulos de grado universitario que se determinen como parte integrante de la enseñanza de formación de los oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

2. En el Centro Universitario de la Guardia Civil se podrán impartir también estudios

conducentes a la obtención de títulos oficiales de postgrado, en las modalidades de máster y de doctor. Asimismo se definirán y desarrollarán líneas de investigación que se consideren de interés para la Guardia Civil, colaborando, si procede, con otras entidades y organismos públicos de enseñanza e investigación

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • O841 Administración Pública y de la política económica y social

Cómo se financia

  • Principal Subvenciones de la Administración Pública de la que depende
  • Ventas a Entidades del Sector Público Institucional
  • Otros Ingresos

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 2.286.999 € 3.230.736 € 3.131.754 € 3.430.872 € 3.327.353 €
Patrimonio neto 2.199.989 € 2.373.518 € 2.991.347 € 3.289.663 € 3.195.567 €
Ingresos de explotación 3.118.804 € 3.822.217 € 4.384.569 € 4.632.027 € 4.841.700 €
Plantilla 0 1 1 1 1

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Administración General del Estado (AGE) Ministerio del Interior Público 100% 100%

Contratos públicos licitados

6 contratos por un importe total de €14,358,655

Observaciones

El Centro Universitario de la Guardia Civil, ubicado en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, en la localidad madrileña de Aranjuez, fue creado por Real Decreto 1959/2009, de 18 de diciembre para dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Final Séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, que ordena la adaptación de lo dispuesto en la Ley 42/1999, de 25 de noviembre , de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil estableciendo que la formación para el acceso a la nueva escala de Oficiales del Cuerpo comprenderá la formación militar, la de Cuerpo de Seguridad del Estado, y la correspondiente a un título de grado universitario del sistema educativo general para lo cual se promoverá la creación de un Centro Universitario de la Guardia Civil adscrito a una o varias Universidades públicas.

Posteriormente, la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, en su artículo 41 reconoció la existencia de este Centro Universitario de la Guardia Civil de forma expresa.

La titularidad de dicho Centro, que se ubica en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil, corresponde al Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Guardia Civil.

Con fecha 22 de junio de 2011, el Secretario de Estado de Seguridad suscribió el convenio de adscripción entre el Ministerio del Interior y la Universidad Carlos III de Madrid.

La finalidad principal del Centro es impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de grado universitario que se determinen como parte integrante de la enseñanza de formación de los oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil. La administración del Centro se realiza por un Patronato cuya composición y funciones se establecieron en el convenio de adscripción a la mencionada Universidad.

Según el criterio de la Intervención General del Estado, el Centro Universitario de la Guardia Civil debe ser considerado como una Entidad de derecho público, dotada de personalidad jurídica propia, incluida en el apartado 2.2 i) del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, y encuadrada dentro del Sector Público Administrativo descrito en el artículo 3.1 de dicha ley.

Tanto el artículo 6 del Real Decreto 1959/2009 como la cláusula decimotercera del convenio de adscripción, establecen que el Centro Universitario de la Guardia Civil contará con presupuesto propio, financiado con cargo al Ministerio del Interior, y, dado su carácter universitario, gozará de autonomía económica y financiera.

La principal fuente de ingresos son las Transferencias recibidas del Ministerio del Interior, aunque, como dice el mismo artículo 6 del Real Decreto, el Centro Universitario de la Guardia Civil se podrá financiar con las subvenciones que le puedan otorgar, los remanentes de tesorería y cualesquiera otros ingresos percibidos en el ejercicio de sus actividades.