Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación
Objeto social El Consorcio tiene como fin gestionar y promover la colaboración científica, económica, técnica y administrativa de las entidades que lo integran, para el equipamiento y gestión del BSC-CNS.
Observaciones El Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación fue creado por Convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia (actual Ministerio de Ciencia e Innovación), la Generalitat de Catalunya y la Universitat Politècnica de Catalunya, suscrito el día 1 de abril de 2005.
Conforme a la Resolución de 15 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, se publica el Convenio de colaboración con la Generalidad de Cataluña y la Universidad Politécnica de Cataluña, para la creación, construcción, equipamiento y explotación del Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación.
Este Consorcio sucede y se subroga en todos los derechos y obligaciones del consorcio creado mediante Convenio de colaboración de 1 de abril de 2005 entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Generalidad de Cataluña y la Universidad Politécnica de Cataluña para la creación, equipamiento y explotación del Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación.
El Consorcio se constituye como una entidad de derecho público con participación mayoritaria de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines específicos. Su objeto o finalidad es la de gestionar y promover la colaboración científica, técnica, económica y administrativa de las Instituciones que lo integran, para la creación, construcción, equipamiento y explotación del Consorcio, como centro de servicios de supercomputación para uso multidisciplinar, abierto a la comunidad nacional de científicos y técnicos, de entidades públicas y privadas, orientado para fomentar la colaboración internacional.
Según convenio de constitución del Consorcio, se establecía la vigencia del consorcio hasta el 31 de diciembre de 2019. La evolución e intenso crecimiento experimentado por el Consorcio desde su creación y la necesidad de dotarlo adecuadamente para mejorar la ejecución de los proyectos científicos y tecnológicos llevada a cabo por el mismo, así como los convenios suscritos por este Consorcio con entidades públicas y privadas españolas y extranjeras y la oferta de servicios de supercomputación a la comunidad científica y tecnológica española, han conllevado la formalización de la modificación del artículo 4 de los Estatutos del Consorcio mediante Resolución del Ministerio de Economía y Competitividad publicada en el BOE en fecha de 7 de diciembre de 2015, extendiéndose su duración hasta tanto no se proceda a su disolución por alguna de las causas previstos en los Estatutos para poder dar la óptima cobertura a la actividades del consorcio, sin una limitación especifica de tiempo.
De conformidad con lo establecido en el capítulo VI “De los consorcios” de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consorcio quedara sujeto al régimen de personal, presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial de la Administración Pública de adscripción, es decir, de la Administración General del Estado.
El Consorcio Barcelona Supercomputing Center - Centro Nacional de Supercomputación es una Entidad de derecho público de carácter interadministrativo que forma parte del Sector Público Institucional Estatal, adscrita a la Administración General del Estado a través del Ministerio de Ministerio de Ciencia e Innovación.