Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos
Objeto social El Consorcio tiene como fin gestionar y promover la colaboración científica, técnica, económica y administrativa de las Instituciones que lo integran para el diseño, la construcción, el equipamiento y la explotación del CLPU.
El CLPU será una instalación científica y tecnológica abierta al uso de la comunidad científica y tecnológica nacional y que a su vez desarrollará en el propio Centro experimentación e investigación científica y tecnológica
en todos los aspectos relativos a láseres pulsados Ultraintensos con una plantilla de científicos y tecnólogos propios. La infraestructura estará abierta a la colaboración internacional y se insertará de pleno en las iniciativas
de coordinación y colaboración europeas en este campo.
Tipo: Consorcio
NIF: S3700007B
Creada el 7 de mayo de 2016
C/ del Adaja, 8 - Parque Científico de la USAL - Edificio M5
37185 (Villamayor de la Armuña)
Observaciones El 14 de diciembre de 2007 se firmó un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia (actualmente Ministerio de Ciencia, Innovación e Universidades), la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, para la creación del Consorcio “Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos”. Dicho convenio fue ratificado por Resolución de 30 de septiembre de 2008 de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica publicada en el B.O.E. núm. 251 de fecha 17 de octubre de 2008.
Con fecha 28 de diciembre de 2012, se firmó una modificación del convenio de colaboración, dando una nueva redacción, en relación a las aportaciones a realizar para el ejercicio 2012.
El Consorcio en virtud de lo establecido en el artículo 118 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y diferenciada, creado por varias Administraciones, para el desarrollo de actividades de interés común a todas ellas dentro del ámbito de sus competencias, estando adscrita a la Administración General del Estado, según la redacción dada al artículo quinto de sus estatutos en la en la Adenda de 7 de mayo de 2016, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 120 de la ley antes citada.
La finalidad del convenio, según dispone la cláusula segunda, y por tanto la actividad principal del Consorcio, consiste en “gestionar el diseño, la construcción, el equipamiento y la explotación del Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos”.
Tras el informe emitido por el Comité Asesor sobre Infraestructuras Singulares, el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación acordó, en su reunión de 6 de noviembre de 2018, la configuración del Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares, junto con recomendaciones sobre su implementación. En dicho Mapa se incluye al Consorcio como una Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares lo que permitirá que las inversiones del mismo se consideren prioritarias para su cofinanciación a través del Programa Operativo Crecimiento Inteligente de FEDER.
De conformidad con lo establecido en el capítulo VI “De los consorcios” de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consorcio quedara sujeto al régimen de personal, presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial de la Administración Pública de adscripción, es decir, de la Administración General del Estado.
El Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos es una Entidad de derecho público de carácter interadministrativo que forma parte del Sector Público Institucional Estatal, adscrita a la Administración General del Estado a través del Ministerio de Ciencia e Innovación.