Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

Objeto social: - Establecer los criterios para la prestación de la asistencia sanitaria.

- Informar los proyectos de disposiciones de carácter general que establezcan o modifiquen prestaciones.

- Proponer en su caso, cuantas medidas, planes y programas sean convenitentes para el desarrollo de los mecanismos de protección del régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • O841 Administración Pública y de la política económica y social

Cómo se financia

  • Principal Subvenciones de la Administración Pública de la que depende
  • Ventas a la Administración Pública de la que depende
  • Ventas a otras Administraciones Públicas
  • Ventas a Entidades del Sector Público Institucional
  • Otros Ingresos

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 480 M € 484 M € 456 M € 545 M € 589 M €
Patrimonio neto 344 M € 354 M € 334 M € 414 M € 454 M €
Ingresos de explotación 1.725 M € 1.751 M € 1.786 M € 1.946 M € 1.907 M €
Plantilla 809 744 775 737 731

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Administración General del Estado (AGE) Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública Público 100% 100%

Contratos públicos licitados

169 contratos por un importe total de €15,825,070,835

Observaciones

La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado es un Organismo Público de la Administración General del Estado que gestiona el Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado en lo referente al Mutualismo Administrativo, creado por la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Es un Organismo Público con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión, y se regirá por las previsiones de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, relativas a los organismos autónomos.

Las normas de carácter general que regulan su actividad y competencias se determinan mediante el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. En este se establece que el Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado está integrado, por dos mecanismos de cobertura: el régimen de Clases Pasivas del Estado y el Mutualismo Administrativo.