Solimat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 72

Objeto social Colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de poder realizar para sus asociados otras prestaciones, servicios y actividades que les sean legalmente atribuidas.

Colaboración en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Colaboración en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Partícipes / accionistas de este ente

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto

Contratos públicos licitados por este ente

No hay contratos disponibles para este ente público.

Observaciones La colaboración en la gestión del sistema de la Seguridad Social por parte de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social viene regulada en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), Real Decreto 8/2015 de 30 de octubre, así como al Reglamento sobre la Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre y sus disposiciones de aplicación y desarrollo. Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social forman parte del sector público estatal como se regula en el artículo 2.2.h) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre (LGP), General Presupuestaria y en consecuencia, se somete al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero regulado por la misma. De conformidad con la naturaleza pública de sus funciones y de los recursos económicos que gestiona, forma parte del sector público estatal de carácter administrativo, según se prevé en el artículo 80.4 LGSS, y 3.1.a) de la LGP. La estructura de dominio hace referencia exclusivamente a la vertiente de colaboración con la Seguridad Social, ingresos procedentes de las cuotas, derechos, acciones y recursos relacionados con ellos, los cuales forman parte del patrimonio de la Seguridad Social para el desarrollo de las funciones que tiene atribuidas, bajo la dirección y tutela del Ministerio correspondiente.