Comentarios: El Órgano de Contratación HA RESUELTO:
-Adjudicar definitivamente a la entidad Gestión Integral Ecológica de Residuos, S.L. (B33888850), la licitación “Servicio de gestión de residuos para la Autoridad Portuaria de Avilés”, de acuerdo con su oferta económica, según la cual la parte abonable fija del contrato ascenderá al importe mensual de CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON DOS CÉNTIMOS (54,02 €), IVA no incluido, lo que equivale a un importe para el plazo inicial de prestación de VEINTICUATRO (24) MESES, la suma de MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.296,48 €) IVA no incluido.
La parte variable del contrato se abonará, de acuerdo a las siguiente tarifas:
Concepto Importe IVA no incluido
Cambio contenedor de 6 m3 85,00 €/Ud
Cambio contenedor 1000L (grg o similar) 37,00 €/Ud
Envases contaminados (150110) 0,58 €/kg
Absorbentes papeles y trapos (150202) 0,58 €/kg
Pilas (160603) 0,00 €/kg
Aerosoles (150111) 2,88 €/kg
Tóner (80317) 0,26 €/kg
Aparatos eléctricos (160213) 0,26 €/kg
Fluorescentes (200121) 0,00 €/kg
Lodos de disolvente (80113) 0,46 €/kg
Espumógeno caducado (161001) 0,46 €/kg
Aceite usado (130206) 0,00 €/kg
Grasas hidrocarburos (130502) 0,46 €/kg
Cartón y papel 0,00 €/kg
Residuo Industrial Tipo I Mezclado 0,037 €/kg
Madera no tratada 0,00 €/kg
Vidrio 0,032 €/kg
Plástico 0,029 €/kg
Residuos vegetales (restos de siega y poda) 0,018 €/kg
Chatarra 0,10 €/kg
Baterías con plomo 0,45 €/kg
El contrato podrá ser prorrogado potestativamente por la Autoridad Portuaria de Avilés por periodos adicionales de DOCE (12) MESES, hasta que el contrato alcance una duración máxima de SESENTA (60) MESES bajo las mismas condiciones técnicas y económicas.
Según dispone el artículo 159.6.g) de la Ley 9/2017, la formalización del contrato relacionado con la presente licitación podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
La presente Resolución, que agota la vía administrativa, será publicada en el Perfil del Contratante de la Autoridad Portuaria de Avilés, siendo potestativo interponerse frente a la misma el recurso indicado en el artículo 44.6 de la Ley 9/2017, en la forma y lugar indicados en el artículo 51 de la misma.
O recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el interesado su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección del propio recurrente, en el plazo de dos meses, a contar desde la recepción de esta notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.