Agencia Estatal de Administración Tributaria

Objeto social: Es la organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Estado, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, y de aquellos recursos de otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de las Comunidades Europeas cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • O841 Administración Pública y de la política económica y social

Cómo se financia

  • Principal Subvenciones de la Administración Pública de la que depende
  • Ventas a otras Administraciones Públicas
  • Subvenciones de otras Administraciones Públicas
  • Subvenciones de la Unión Europea
  • Otros Ingresos

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 1.260 M € 1.174 M € 1.199 M € 1.289 M € 1.365 M €
Patrimonio neto 1.149 M € 1.077 M € 1.100 M € 1.152 M € 1.233 M €
Ingresos de explotación 1.430 M € 1.526 M € 1.610 M € 1.710 M € 1.844 M €
Plantilla 25.598 25.924 25.675 26.826 26.480

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Administración General del Estado (AGE) Ministerio de Hacienda Público 100% 100%

Participaciones en otros entes

Otros entes públicos en los que este ente tiene participaciones/acciones

Nombre % de participación % de voto
Consorcio de la Zona Franca de Vigo - 5,55%
Consorcio de la Zona Franca de Barcelona - 4%

Contratos públicos licitados

2.872 contratos por un importe total de €2,164,964,129

Mantto. instalaciones edificio DECyL, sede Valladolid € 58k Pendiente Valladolid 4 ago 2025

Observaciones

La Agencia Tributaria, creada por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, se constituyó de manera efectiva el 1 de enero de 1992. Se configuró como una entidad de derecho público actualmente adscrita al Ministerio de Hacienda mediante Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. a través de Secretaría de Estado de Hacienda. Como tal entidad de derecho público, cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Administración General del Estado que, sin menoscabo de los principios esenciales que deben presidir toda actuación administrativa, le confiere cierta autonomía en materia presupuestaria y de gestión de personal.

La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.

La Agencia Tributaria tiene como misión el fomento del cumplimiento por los ciudadanos de sus obligaciones fiscales. Para ello desarrolla dos líneas de actuación: por una parte, la prestación de servicios de información y asistencia al contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias y, por otra parte, la detección y regularización de los incumplimientos tributarios mediante actuaciones de control.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria, es un Ente Público de los previstos en el artículo 2, apartado 1 letra g) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que se integra en las Administraciones Públicas Centrales. Con la entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pasa a tener la consideración de “Organismo o entidad de derecho público vinculado o dependiente de la Administración del Estado”, de conformidad con Disposición adicional decimoséptima.

El régimen jurídico, presupuestario y económico-financiero de la Agencia Tributaria está determinado por su norma de creación. En este sentido, en el desarrollo de sus funciones de gestión, inspección, y recaudación tributaria, así como en el resto de funciones públicas que se le atribuyen, se rige por lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sus respectivas normas de desarrollo, así como por las demás normas que resulten de aplicación al desempeño de sus competencias.