Objeto social Las actuaciones administrativas encaminadas al reconocimiento y mantenimiento de la protección registral a las diversas manifestaciones de la propiedad industrial, invenciones, topografías de productos semiconductores, creaciones de forma y signos distintivos, comprendiendo la tramitación y resolución de expedientes, las anotaciones para constancia y la conservación y publicidad de la documentación.
Difundir eficazmente, de forma periódica, la información tecnológica objeto de registro, sin perjuicio de otro tipo de publicaciones especiales que parezcan aconsejables.
Aplicar, dentro de su competencia, los convenios internaciones vigentes en materia de propiedad industrial, proponiendo, en su caso, la participación de España en aquellos que aún no estén en vigor para ella, y, en general, facilitar el desarrollo de las relaciones internacionales en este campo.
Promover iniciativas y desarrollar actividades conducentes al mejor conocimiento y a la más adecuada protección de la propiedad industrial, tanto en el orden nacional como en el internacional, y mantener relaciones directas con cuantos organismos y entidades españolas o extranjeras se ocupen de estas materias.
Informar sobre anteproyectos de ley y demás disposiciones de carácter general que hayan de dictarse en materia de propiedad industrial.
Emitir dictámenes sobre cuestiones referentes a propiedad industrial cuando para ello sea requerido por las autoridades, tribunales o entidades oficiales.
Cualquier otra función que la legislación vigente atribuya actualmente a la Oficina Española de Patentes y Marcas o las que, en lo sucesivo, le sean expresamente encomendadas en las materias propias de su competencia.
Observaciones La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., es una institución que, bajo diferentes denominaciones y adscripciones administrativas, lleva prestando sus servicios a los ciudadanos ininterrumpidamente desde 1903. Su origen legal se remonta a tres Reales decretos de 1810, 1820 y 1824, año este último en el que, definitivamente, se crea la institución bajo el nombre de Real Conservatorio de Artes y Oficios y con la promulgación de las primeras legislaciones que aseguran los derechos de propiedad y que serían el precedente del actual Organismo.
A través del Real Decreto 2573/1977, de 17 de junio se aprobó el Reglamento Orgánico del Registro de la Propiedad Industrial, en cumplimiento de lo previsto en la disposición final primera de la Ley 17/1975, de 2 de mayo, norma que configuró al Registro como Organismo autónomo. Y mediante el Real Decreto 397/2006, de 31 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el cual se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Por la Ley 21/1992, de 16 de julio, en su disposición adicional primera, el Registro de la Propiedad Industrial cambia de nombre y pasa a ser denominado como Oficina Española de Patentes y Marcas, lo que se mantiene hasta la actualidad.
El Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital modifica el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas, pasando a denominarse Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.