Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife

Objeto social: Explotación de puertos y servicios portuarios

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • H522 Actividades anexas al transporte

Cómo se financia

  • Principal Ventas al Sector Privado
  • Subvenciones de la Administración Pública de la que depende
  • Subvenciones de la Unión Europea

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 716 M € 725 M € 732 M € 753 M € 732 M €
Patrimonio neto 556 M € 533 M € 551 M € 587 M € 587 M €
Cifra de negocios 46.516.319 € 38.434.646 € 50.607.333 € 51.975.624 € 50.389.301 €
Plantilla 243 230 223 226 229

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Comunidad Autónoma de Canarias Público - 27,80%
Ayuntamiento de Santa Cruz de la Palma Público - 5,56%
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife Público - 5,56%
Cabildo Insular de El Hierro Público - 5,55%
Cabildo Insular de La Gomera Público - 5,55%
Cabildo Insular de La Palma Público - 5,55%
Cabildo Insular de Tenerife Público - 5,55%
Administración General del Estado (AGE) Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes Público - 5,56%
Administración General del Estado (AGE) Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible Público 100% 11,11%
Puertos del Estado Público - 5,56%
Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife Privado - 5,55%
Confederación Española de Organizaciones Empresariales de Santa Cruz de Tenerife Privado - 5,55%
Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM) de Santa Cruz de Tenerife Privado - 5,55%

Participaciones en otros entes

Otros entes públicos en los que este ente tiene participaciones/acciones

Contratos públicos licitados

326 contratos por un importe total de €259,879,939

Suministro de cinco sensores de nivel del mar Miros € 101k Pendiente Canarias 30 jul 2025
Servicio de Auditoría Externa para la certificación ISO 45001 € 27k Pendiente Canarias 30 jul 2025

Observaciones

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife es una entidad de Derecho Público, creada al amparo de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, mediante la transformación del antiguo organismo autónomo “Junta del Puerto de Santa Cruz de Tenerife”, habiéndose subrogado en las relaciones jurídicas de esta entidad con efectos 1 de enero de 1993.

La Autoridad Portuaria es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente de los del Estado, con plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines, y actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado. Se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento le atribuya.

De conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife desarrolla las funciones que le asigna esta Ley bajo el principio general de autonomía funcional y de gestión, a través del Organismo Público Puertos del Estado, y de las que correspondan a la Comunidad Autónoma de Canarias.

El régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal, integrado por los Organismos Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo I del Texto Refundido, deberá responder al principio de autosuficiencia económica del sistema portuario en su conjunto y de cada una de las Autoridades Portuarias en un marco de autonomía de gestión económico-financiera de los Organismos públicos portuarios.

Depende del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de Puertos del Estado, actuando bajo el principio general de autonomía de gestión, mediante el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla estructura orgánica básica del Ministerio.