Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Objeto social Su objeto es el fomento, la gestión y la ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.
Observaciones La disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de servicios públicos, autoriza la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
El Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, tiene por objeto la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y la aprobación de su Estatuto.
De acuerdo con la Disposición adicional primera del Real Decreto, la constitución de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se producirá con la celebración de la reunión constitutiva de su Consejo Rector, que tendrá lugar dentro del plazo de cuarenta y cinco días desde el momento de la entrada en vigor del Real Decreto.
A partir de dicha fecha, la Agencia pasará a ejercer las funciones a que se refiere el artículo 3 de su Estatuto y sucederá en las mismas a la Agencia Española de Cooperación Internacional quedando subrogada en la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones constituidos en relación con esta última Agencia. A partir de la constitución efectiva de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, quedará suprimido el organismo autónomo Agencia Española de Cooperación Internacional.
El régimen presupuestario de la Agencia Española de Cooperación Internacional como organismo autónomo se mantiene durante todo el ejercicio 2007, según dispone la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
El Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, modifica su Estatuto.
Adoptado por Acuerdo del Consejo de Ministro de 17 de junio de 2011 la reforma el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
El Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo en la Disposición adicional primera modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.
Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, se adecuan otros órganos colegiados en materia de cooperación.
Real Decreto 705/2020, de 28 de julio, por el que se modifican el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre; el Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento; y el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, para actualizar la composición de los órganos de cooperación internacional para el desarrollo sostenible («BOE» núm. 205, de 29 de julio de 2020). Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».