Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Objeto social: Su objeto es el fomento, la gestión y la ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.

Actividades económicas (según códigos CNAE)

  • O841 Administración Pública y de la política económica y social

Cómo se financia

  • Principal Subvenciones de la Administración Pública de la que depende
  • Ventas a la Administración Pública de la que depende
  • Ventas al Sector Privado

Situación financiera

2018 2020 2021 2022 2023
Activo 404 M € 342 M € 385 M € 459 M € 495 M €
Patrimonio neto 260 M € 238 M € 273 M € 305 M € 309 M €
Ingresos de explotación 319 M € 258 M € 361 M € 451 M € 649 M €
Plantilla 897 855 833 781 805

Contabilidad

Auditorías, memorias, y documentos relacionados con la contabilidad

Año 2023

Los archivos de contabilidad se distribuyen en formato XBRL. El Ministerio de Hacienda proporciona un visor de archivos XBRL gratuito.

Partícipes / accionistas

Organismos, empresas y administraciones públicas que controlan este ente público

Nombre Tipo % de participación % de voto
Administración General del Estado (AGE) Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación Público 100% 100%

Participaciones en otros entes

Otros entes públicos en los que este ente tiene participaciones/acciones

Contratos públicos licitados

735 contratos por un importe total de €212,208,268

Provisión de productos y material de merchandising € 220k Pendiente Madrid 3 jul 2025

Observaciones

La disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de servicios públicos, autoriza la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

El Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, tiene por objeto la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y la aprobación de su Estatuto.

De acuerdo con la Disposición adicional primera del Real Decreto, la constitución de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se producirá con la celebración de la reunión constitutiva de su Consejo Rector, que tendrá lugar dentro del plazo de cuarenta y cinco días desde el momento de la entrada en vigor del Real Decreto.

A partir de dicha fecha, la Agencia pasará a ejercer las funciones a que se refiere el artículo 3 de su Estatuto y sucederá en las mismas a la Agencia Española de Cooperación Internacional quedando subrogada en la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones constituidos en relación con esta última Agencia. A partir de la constitución efectiva de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, quedará suprimido el organismo autónomo Agencia Española de Cooperación Internacional.

El régimen presupuestario de la Agencia Española de Cooperación Internacional como organismo autónomo se mantiene durante todo el ejercicio 2007, según dispone la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

El Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, modifica su Estatuto.

Adoptado por Acuerdo del Consejo de Ministro de 17 de junio de 2011 la reforma el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

El Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo en la Disposición adicional primera modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, se adecuan otros órganos colegiados en materia de cooperación.

Real Decreto 705/2020, de 28 de julio, por el que se modifican el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre; el Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento; y el Real Decreto 597/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, para actualizar la composición de los órganos de cooperación internacional para el desarrollo sostenible («BOE» núm. 205, de 29 de julio de 2020). Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».