Observaciones La Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora fue creada el 1 de enero de 2005 por la disposición adicional tercera de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario como organismo público dependiente de la Administración General del Estado, de los que actualmente se encuentran regulados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La creación de RENFE-Operadora fue consecuencia de la separación de las actividades de administración de la infraestructura y de explotación del transporte ferroviario, derivada de las Directivas comunitarias que regulan la liberalización del sector ferroviario. En este sentido y para alcanzar estos objetivos, la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario encomendó la administración de las infraestructuras ferroviarias a la Entidad Pública Empresarial Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles que, con fecha 1 de enero de 2005, pasó a denominarse Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, integrando además al Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) con extinción del mismo y subrogación de Adif en todos los derechos y obligaciones del GIF, y segregando la rama de actividad de prestación del servicio ferroviario con la consiguiente creación de la Entidad Pública Empresarial denominada RENFE-Operadora, como empresa prestadora del servicio de transporte ferroviario cuyo cometido es, básicamente, ofrecer a los ciudadanos la prestación de todo tipo de servicios de transporte ferroviario.
El Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios introduce una serie de modificaciones en la regulación del transporte ferroviario. Básicamente consiste en la estructuración de RENFE-Operadora en cuatro sociedades mercantiles estatales cuyo capital social pertenece íntegramente a la Entidad, que se corresponden con las tres áreas de negocio, Viajeros, Mercancías y Fabricación y Mantenimiento, más una cuarta dedicada a operaciones de arrendamiento y otras vinculadas a los activos de material ferroviario. Adicionalmente, se suprime la Entidad Pública Empresarial Ferrocarriles Españoles de Vía subrogándose ADIF y RENFE-Operadora, en los derechos y obligaciones de aquella.
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario (LSF) tiene por objeto la regulación, en el ámbito de la competencia del Estado, de las infraestructuras ferroviarias, de la seguridad en la circulación ferroviaria y de la prestación de los servicios de transporte ferroviario de viajeros y de mercancías, y de aquellos que se prestan a las empresas ferroviarias en las instalaciones de servicio, incluidos los complementarios y auxiliares.
Asimismo, en diciembre de 2018 se ha modificado la LSF para transponer la Directiva (UE) 2016/2370, de 14 de diciembre de 2016, del parlamento europeo y del Consejo, que modifica la Directiva 2012/34/UE, en lo que atañe a la apertura del mercado de los servicios nacionales de transporte de viajero por ferrocarril, y a la gobernanza de las infraestructuras ferroviarias.
El Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, aprobó el Estatuto de la Entidad.